Arrendamiento de finca rústica

MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE FINCA RÚSTICA

 

En ……………………….. a ………. de ……………….. de …………

 

REUNIDOS

De una parte:

  1. ………………………………………….., mayor de edad, casado, en régimen económico de …………………, de profesión ………………….., vecino de la ciudad ……………………………………, con domicilio en la calle ……………………………………….. y con D.N.I. n.º ……………………, en adelante el arrendador.

Y de otra parte:

  1. ………………………………………….., mayor de edad, casado, en régimen económico de …………………, de profesión ………………….., vecino de la ciudad ……………………………………, con domicilio en la calle ……………………………………….. y con D.N.I. n.º ……………………, en adelante arrendatario,

 

COMPARECEN

Ambos en su propio nombre y representación, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para el otorgamiento de este contrato y en su virtud:

 

MANIFIESTA:

I.- Que el arrendador Don …………………………………….., es propietario de la finca rústica cuya descripción es la siguiente: RÚSTICA. Conocida con el nombre de…………………… Sita en el término municipal de …………………. en el paraje conocido como ………………………… Tiene una superficie de ……………………………. Hectáreas…………………áreas y……………………….centiáreas. Linda: al Norte ……………………………….., al Sur ………………………………….., al Este …………………………., al Oeste ………………………….. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de …………………………, al Tomo ……………… Libro …………….., Folio ……………, página ……………., Inscripción …………… Le pertenece a título de dominio en virtud de la compra que de la misma efectuó a Don ………………………… en fecha ………………………………………, según es de ver en la inscripción n.º ………………. de la finca, al folio …………………. de este mismo Libro y Tomo. La finca se halla libre de arrendamientos y cargas.

II.- Don …………………., agricultor (o ganadero, o se dedica a la explotación forestal), el arrendatario, desea arrendar la referida finca para su explotación, y manifiesta que tiene la condición de profesional de la agricultura y que su explotación no supera los límites establecidos, reconociendo que si no reuniera tales condiciones en el futuro queda sometido a las prescripciones de la Ley.

III.- Ambas partes, de mutuo acuerdo, formalizan un contrato de arrendamiento rústico sobre la finca descrita de conformidad a las siguientes

 

ESTIPULACIONES

 

PRIMERA: OBJETO.

Es objeto del presente contrato la Finca descrita en el Expositivo I, en el estado que actualmente ofrece, que es conocido y encontrado conforme por el arrendatario, con la finalidad de su aprovechamiento agrícola ( y/o ganadero y/o forestal), a cambio de un precio o renta. Con arreglo a lo dispuesto es la Ley 49/2003 de 26 de noviembre de Arrendamientos Rústicos.

(si fuera arrendamiento de explotación agrícola, ganadera o forestal deberá ir acompañados de un inventario detallado de los diversos elementos que integran la explotación, del estado de conservación en que los recibe el arrendatario y de cuantas circunstancias sean necesarias para el adecuado desenvolvimiento del contrato)

 

SEGUNDA: DURACIÓN

El arrendamiento tendrá una duración de ……… años (mínimo 5 años-Ley 26/2005 que modifica la Ley 49/2003), comenzando el día ……………. ,y finalizará con fecha ……………………..

El contrato se prorrogará por periodos iguales al de vigencia, si ninguna de las partes comunica a la otra su decisión de resolver el contrato, con al menos un año de antelación al vencimiento inicial o al vencimiento de cualquiera de sus prórrogas.

 

TERCERA: PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.

La renta queda fijada en ………. Euros (………€) anuales, que serán satisfechos por el arrendatario anticipadamente, el día …  de ………….. de cada año, mediante ingreso en la cuenta abierta a nombre del Arrendador en el Banco ……………. con el número…………. Dicho importe será actualizado para cada anualidad con el incremento del índice precios al consumo general anual del año anterior al de inicio de la prórroga del contrato.

Todos los tributos que graven, o puedan gravar en el futuro, el presente contrato serán por cuenta del Arrendatario.

 

CUARTA: SUBARRIENDOS

El arrendatario no podrá ceder o subarrendar la finca o explotación sin el consentimiento expreso del arrendador. Serán nulos los subarriendos o las cesiones totales o parciales de los derechos del arrendatario sin el consentimiento del arrendador. Sin perjuicio de la nulidad, tales actos serán además causa de desahucio.

 

QUINTA: OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR

Poner a disposición del Arrendatario el inmueble arrendado.

El arrendador se obliga a realizar todas las obras y reparaciones necesarias con el fin de conservar la finca en estado de servir para el aprovechamiento o explotación a la que se destina la finca.

Serán de cuenta del arrendador las obras, mejoras o inversiones que por resolución judicial o administrativa firme o por acuerdo firme de la comunidad de regantes sobre la modernización de regadíos para el cambio del sistema de riego, hayan de realizarse sobre la finca arrendada.

 

SEXTA: OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

El arrendatario se obliga:

Al pago de la renta, aumentos e incrementos legales y de los gastos y servicios de la finca, en el domicilio que el Arrendador indique, sin que dicha domiciliación pueda quedar nunca desvirtuada por cualquier práctica en contra.  Y en caso de efectuarse dicho cobro por domiciliación bancaria, al pago de cualquier gasto o canon que por tal gestión o en su caso devolución, se establezcan por entidad financiera.

A satisfacer los gastos derivados del presente contrato, tales como tributos, gestión, registro,  y en su caso, los de su elevación a escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad.

A satisfacer el total del importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al inmueble arrendado, durante la duración del arrendamiento.

Al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido, que corresponda, aplicado sobre la total contraprestación.

A abonar, independientemente de la renta pactada, los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, así como sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades.

 

SÉPTIMA: CONTRATO DE SEGURO

Las partes pactan que el arrendatario deberá asegurar la producción normal de la finca  contra los riesgos ordinariamente asegurables, siendo por su cuenta el pago total de la prima.

 

OCTAVA: OBRAS

Arrendador y arrendatario están obligados a permitir la realización de las obras, reparaciones o mejoras que deba o pueda realizar la otra parte contratante. Tales reparaciones o mejoras se realizarán en la época del año y circunstancias que menos perturben, salvo las que no puedan diferirse.

 

NOVENA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Podrá resolverse el contrato de forma inmediata a instancia del arrendador cuando concurra alguna de las causas siguientes:

 

1)  Falta de pago de la renta.

 

2)  Incumplir gravemente la obligación de mejora o transformación de la finca a las que el arrendatario se hubiese comprometido y a aquellas otras que vengan impuestas por norma legal o por resolución judicial o administrativa.

 

3)  No explotar la finca aun parcialmente, o destinarla en todo o en parte a fines o aprovechamientos distintos a los previstos contractualmente.

 

4)  Subarrendar o ceder el arriendo con incumplimiento de algunos de los requisitos del art. 23 de la Ley 49/2003 de 26 de noviembre, sobre Arrendamientos Rústicos.

 

5)  Que el arrendatario cause graves daños en la finca con dolo o negligencia manifiesta.

 

6)  Aparición sobrevenida de alguna de las circunstancias contempladas en el art. 7 de la Ley 49/2003 de 26 de noviembre, sobre Arrendamientos Rústicos.

 

7) Tanto el arrendador, como el arrendatario, podrán resolver  el contrato por incumplimiento de la otra parte de satisfacer gastos de mejoras y conservación, en los términos de los arts. 18, 19 y 20 de la Ley 49/2003 de 26 de noviembre, sobre Arrendamientos Rústicos.

 

DÉCIMA: ESCRITURA PÚBLICA

Este contrato se elevará a escritura pública a instancia de cualquiera de las partes, siendo de cuenta de quien lo solicite todos los gastos que se deriven de ello.

 

UNDÉCIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

En todo lo no dispuesto en el presente contrato se estará a lo dispuesto en el Código Civil, en sus arts.1542 y siguientes, y en la Ley 49/2003 de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.

 

Para la resolución de cualquier problema acerca del cumplimiento de este contrato, se

someten ambas partes a la Jurisdicción de los Tribunales del municipio donde está la finca descrita en primer lugar renunciando expresamente al fuero propio.

 

Y para que conste y surta los efectos oportunos, firman los comparecientes el presente contrato que consta de … folios, y que se suscribe en cada hoja de los dos ejemplares idénticos que se otorgan mutuamente, en el lugar y fecha del encabezamiento.

El Arrendador                                                                         El Arrendatario